
Inscripción

Entrevista de admisión

Admisión

Matrícula
La matrícula se entiende como el registro voluntario que realiza el estudiante admitido en la Institución en cualquiera de los programas académicos, previo cumplimiento de los requisitos académicos, administrativos y financieros exigidos para tal efecto.
La matrícula es un contrato consensual, conmutativo y oneroso, celebrado entre la Institución y el admitido, mediante el cual se adquiere la calidad de estudiante y se asume el compromiso de participar activamente en todas las actividades del proceso formativo, comportarse en forma digna e irreprochable en su medio social y académico, cumplir con las normas que rigen la Institución y respetar su filosofía. La matrícula tiene vigencia por un solo período académico por lo que cada período debe renovarse. (Art. 16, Reglamento Estudiantil).
Matrícula para nuevos estudiantes
Renovación de matrícula
Reingreso
- ARTÍCULO 25. La persona que aspire a ingresar a uno de los programas ofrecidos por la Fundación Universitaria Católica del Norte, podrá hacerlo bajo una de las siguientes formas:
- Como estudiante nuevo
- Como estudiante de reingreso
- Como estudiante de transferencia
- ARTÍCULO 27. Estudiante de reingreso, es quien estuvo matriculado en algún programa de pregrado y posgrado en la Fundación Universitaria Católica del Norte y terminó, con sus respectivas calificaciones, al menos un período académico, independientemente del número de créditos cursados.
- Parágrafo 1. El reingreso opera hasta después de dos años de haber suspendido el programa al cual pretende ingresar (de dos a cinco años como tiempo máximo). El estudiante de reingreso que hubiere estado retirado hasta por cinco (5) años, se someterá a un estudio de los cursos desarrollados y aprobados hasta el momento de su retiro. El estudio estará a cargo del Comité Curricular, el cual podrá dictaminar cuáles cursos desarrollados con anterioridad pueden ser reconocidos en el plan de formación vigente al momento del reingreso. El dictamen de cursos reconocibles no tendrá limitación alguna para el Comité Curricular, quien decidirá estrictamente con criterios de pertinencia y actualidad académica sobre los contenidos. Realizado el estudio, se comunicará al aspirante a reingresar al programa de manera previa a su matrícula.
- Parágrafo 2. Los estudiantes que no han renovado matrícula en uno o más períodos, tienen una situación de excluidos, y su carrera o plan de estudios que tenga estatus de «inactivo»o en «proceso de cierre», deberán realizar el proceso de reingreso ante el Consejo de Facultad y acogerse al plan vigente al momento de reingreso.
Reglamento segunda lengua
Acuerdo Consejo Académico No. 05 del 05 de junio de 2025, por medio del cual se reglamenta la lengua extrajera para los programas acádemicos de la Fundación Universitaria Católica del Norte. CLIC AQUÍ↗



















































































































